Las sociedades offshore(en el extranjero) no requieren de Licencia
Comercial en Panamá o Aviso de Operación.
Sólo las personas naturales o jurídicas o S.A. (sociedad
anónima en breviatura) podrá realizar actividades
comerciales o industriales dentro del territorio nacional. El
Aviso de Operación deberá contener la información
estrictamente necesaria para permitir la identificación
y verificación del declarante y de la actividad comercial
o industrial que se proponga realizar.
Obtención de una licencia comercial o aviso de operación hace 6 años atrás.
Hace 6 años atrás el método para obtener una licencia o aviso de operación se realizaba personalmente mediante poder de abogado y se presentaba documentación probatoria que demostrara la constitución de la sociedad entre otros requisitos. Con tanta documentación física y debido al volumen de empresas que se creaban por semana, el gobierno del entonces Presidente Martín Torrijos creó un sistema automático en donde ya no es necesario presentarse personalmente a las oficinas del Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá
Obtención de una licencia comercial o aviso de operación en la actualidad.
Hoy en dia eso ha cambiado completamente dando lugar a un sistema completamente automático, ya no es necesario ir personalmente al Mici o Ministerio de Comercio e Industrias.
Lo que si es cierto es que se trata de un sistema un poco mas rápido que el anterior.
Favor contáctenos para enviarles el formulario que deberá
llenar y devolver a nuestras oficinas, via correo elecrónico.
Descargar la última legislación correspondiente a los avisos de operaciones en Panamá.